Corpus
Modo: Corpus Pro

ANTIGÜEDAD, PRUEBA DE LA.

Clave: 421 · Registro digital (IUS): 1009216 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; 4a. Sala; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Primera Parte - SCJN Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 405

La admisión que un patrón hace de la existencia de la relación laboral que lo vincula con un trabajador, lógicamente implica que le reconozca una antigüedad determinada (un día o varios años), por lo que si se ejercitan acciones reclamando prestaciones económicas, derivadas de la antigüedad del trabajador, el patrón demandado, si no está conforme con la antigüedad que la parte actora señala, debe decir cuál es la correcta y está obligado a probarlo. Igual razonamiento cabe hacer si el patrón, reconocida la relación laboral con el trabajador, se limita a negar la antigüedad señalada por el reclamante, toda vez que su negativa lleva implícita la afirmación de que la antigüedad es otra diversa.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1009216-47af57f0/antiguedad-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Época, Quinta Parte: Volumen 74, página 14.—Amparo directo 3937/74.—Ingenio Agua Buena, S.A.—27 de febrero de 1975.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Volumen 74, página 14.—Amparo directo 4608/73.—María Elena Cruz García.—27 de febrero de 1975.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Alfonso López Aparicio. Volumen 76, página 14.—Amparo directo 4824/74.—Ferrocarriles Nacionales de México.—2 de abril de 1975.—Cinco votos.—Ponente: Jorge Saracho Álvarez. Volumen 78, página 14.—Amparo directo 5110/74.—Ferrocarriles Nacionales de México.—11 de junio de 1975.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.—Secretario: Roberto Gómez Argüello. Volumen 79, página 13.—Amparo directo 5924/74.—Ferrocarriles Nacionales de México.—7 de julio de 1975.—Cinco votos.—Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volumen 79, página 13.—Amparo directo 5551/74.—Ferrocarriles Nacionales de México.—9 de julio de 1975.—Cinco votos.—Ponente: Ramón Canedo Aldrete.—Secretario: Francisco Zapata Mayorga. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 151-156, Quinta Parte, página 95, Cuarta Sala. Apéndice 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 30, Cuarta Sala, tesis 38.

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