ANTIGÜEDAD, PRUEBA DE LA.
Para el reconocimiento de un derecho de antigüedad a favor de un trabajador a partir de una fecha determinada, es indispensable que durante la tramitación del juicio laboral donde aquel haga valer sus pretensiones, rinda pruebas idóneas para justificar que, durante el lapso transcurrido entre dicha fecha y la presentación de su demanda, ha prestado servicios en una forma continua e ininterrumpida en el centro de trabajo donde manifiesta haber adquirido dicha antigüedad, pues, de otra manera, aun cuando de las pruebas aportadas se desprendan elementos demostrativos de la prestación parcial u ocasional de tales servicios, en épocas comprendidas dentro del lapso a que se refiere la acción ejercitada, no es posible, por no ser bastantes esos elementos de convicción, declarar que la acción aludida quedó debidamente probada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274404-1ff06f32/antiguedad-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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