Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PRUEBA PERICIAL, VALOR DE LA.

Clave: 852 · Registro digital (IUS): 1009647 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; 4a. Sala; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Primera Parte - SCJN Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 831

La prueba pericial no vincula obligatoriamente al tribunal de trabajo, ni rige en relación con ella el principio de la mayoría, en cuanto al número de dictámenes coincidentes; sino que el juzgador debe atender a los fundamentos de cada dictamen y apreciarlos en relación con las constancias de autos, para decidir a cuál de los peritajes le otorga valor probatorio suficiente para orientar la decisión del tribunal, debiendo hacer constar esos argumentos en su resolución, para cumplir con la obligación constitucional del debido fundamento legal, siendo también obligatorio señalar los motivos por los que se niega valor y eficacia a otro u otros de los dictámenes rendidos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1009647-ff11162c/prueba-pericial-valor-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Sexta Época, Quinta Parte: Volumen XCIII, página 23.—Amparo directo 6601/64.—Petróleos Mexicanos.—25 de marzo de 1965.—Cinco votos.—Ponente: Ángel Carvajal. Séptima Época, Quinta Parte: Volúmenes 169-174, página 63.—Amparo directo 5306/68.—María Josefa Reséndiz.—17 de enero de 1968.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Volúmenes 169-174, página 37.—Amparo directo 4833/82.—Ferrocarril de Pacífico, S.A. de C.V.—20 de junio de 1983.—Cinco votos.—Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.—Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Volúmenes 169-174, página 37.—Amparo directo 7807/82.—Florentino Solís Benitez.—20 de junio de 1983.—Cinco votos.—Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.—Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Volúmenes 175-180, página 28.—Amparo directo 4094/82.—Manuel Pérez Badillo.—14 de noviembre de 1983.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.—Secretario: Héctor Santacruz Fernández. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 175-180, Quinta Parte, página 60, Cuarta Sala. Apéndice 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 383, Cuarta Sala, tesis 468.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis