SALARIOS CAÍDOS. IMPROCEDENCIA DE LOS, CUANDO SE EJERCITA LA ACCIÓN DE PAGO DE DIFERENCIAS POR CONCEPTOS INDEMNIZATORIOS.
Cuando la terminación de la relación laboral se da por mutuo consentimiento y a cambio de los servicios se otorga el pago de prestaciones indemnizatorias, es improcedente exigir el pago de salarios caídos, ya que este concepto depende de que la ruptura del vínculo haya sido injustificado; lo que significa que cuando un trabajador demanda el pago de diferencias de su liquidación, basándose en que no se tomó en cuenta su antigüedad real, un salario determinado, o de conformidad con una disposición contractual, en tales eventos, al no ser materia de análisis la existencia de un supuesto despido, sino la forma y términos en que debieron atenderse esas prestaciones en la liquidación, es por ello, que en esos casos no se reúnen las hipótesis del artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, para hacer procedente el reclamo de esta prestación; a no ser que el contrato colectivo de trabajo otorgue tal beneficio para ese supuesto.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010118-a77f74f3/salarios-caidos-improcedencia-de-los-cuando-se-ejercita · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SALARIOS CAÍDOS. IMPROCEDENCIA DE LOS, CUANDO SE EJERCITA LA ACCIÓN DE PAGO DE DIFERENCIAS POR CONCEPTOS INDEMNIZATORIOS.- (1139)
- SALARIOS CAIDOS. IMPROCEDENCIA DE LOS, CUANDO SE EJERCITA LA ACCION DE PAGO DE DIFERENCIAS POR CONCEPTOS INDEMNIZATORIOS. (I.9o.T. J/8)
- SALARIOS CAIDOS. IMPROCEDENCIA DE LOS, CUANDO SE EJERCITA LA ACCION DE PAGO DE DIFERENCIAS POR CONCEPTOS INDEMNIZATORIOS. (I. 9o. T. 70 L)
- SALARIOS CAÍDOS. PARA SU FIJACIÓN DEBE ESTARSE AL CONCEPTO DE SALARIO INTEGRADO.- (956)
- SALARIOS CAÍDOS. PARA SU FIJACIÓN DEBE ESTARSE AL CONCEPTO DE SALARIO INTEGRADO. (XXIII.1o.4 L )
- SALARIOS CAÍDOS, CARÁCTER INDEMNIZATORIO DE LOS. (VI.2o.T.6 L )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis