INTERROGATORIO LIBRE. ILEGAL DESECHAMIENTO CUANDO LAS POSICIONES QUE CONTIENE ALUDEN A HECHOS CONTROVERTIDOS.
Es ilegal el argumento que utiliza la Junta para desechar el interrogatorio libre propuesto, ya que si bien es verdad que en la sección segunda, capítulo XII, de la Ley Federal del Trabajo, relativa a la prueba confesional y, en especial, el artículo 790, se establecen las bases para el desahogo de esa prueba, también es cierto que la sección primera del mismo capítulo se refiere a las reglas generales de las pruebas y cuyo artículo 781, que prevé el interrogatorio libre respecto de las personas que intervienen en el desahogo de la prueba, condicionando para tal efecto, que se trate de hechos controvertidos. En los términos señalados, si las posiciones que contiene el citado interrogatorio aluden a circunstancias de trabajo, controvertidas en la litis laboral, es incuestionable que se actualizan los supuestos para la admisión del citado interrogatorio libre.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010340-cee0343d/interrogatorio-libre-ilegal-desechamiento-cuando-las-posiciones-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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