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NEGATIVA DEL DESPIDO. NO HAY MALA FE CUANDO SE OFRECE EL TRABAJO CON MEJORES CONDICIONES.

Clave: 1587 · Registro digital (IUS): 1010382 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Segunda Parte - TCC Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 1631

El ofrecimiento de trabajo es de mala fe, cuando el patrón modifica en perjuicio del trabajador las condiciones en que lo venía desempeñando; esto es, cuando pretende que regrese con un salario menor, categoría inferior y jornada mayor de trabajo. En suma, cuando intente la implantación de nuevas condiciones de trabajo. Pero esa mala fe no existe, cuando se ofrece en las condiciones en que se venía laborando, e inclusive con mejoras en la categoría y la jornada máxima legal.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010382-11a6d1b3/negativa-del-despido-no-hay-mala-fe-cuando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 513/91.—José Guadalupe Mejía Martínez.—16 de mayo de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: Víctor Ceja Villaseñor.—Secretaria: Blanca Isabel González Medrano. Amparo directo 61/92.—Sergio Ramos Sosa.—6 de febrero de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: Salvador Bravo Gómez.—Secretario: Fernando Lundez Vargas. Amparo directo 1179/92.—Ricardo Carlos Martínez Mora.—31 de agosto de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: Salvador Bravo Gómez.—Secretario: Fernando Lundez Vargas. Amparo directo 1337/92.—Juan Enrique Hernández Ávalos.—23 de septiembre de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: Víctor Ceja Villaseñor.—Secretaria: Blanca Isabel González Medrano. Amparo directo 1425/92.—Austreberto López Arce.—14 de octubre de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: Salvador Bravo Gómez.—Secretario: Fernando Lundez Vargas. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 82, octubre de 1994, página 40, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis II.1o. J/11; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIV, octubre de 1994, página 218. Apéndice 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 825, tesis 957.

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