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REPRESENTANTES DEL PATRÓN. LOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO NO ESTÁN OBLIGADOS SUBSIDIARIA Y SOLIDARIAMENTE EN LA RELACIÓN LABORAL, SI NO SE ENCUENTRAN VINCULADOS A LOS RESULTADOS ECONÓMICOS DE LA EMPRESA.

Clave: 1750 · Registro digital (IUS): 1010545 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Segunda Parte - TCC Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 1794

El artículo 11 de la Ley Federal del Trabajo dispone que los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados representantes del patrón, y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores; sin embargo, tal precepto no debe interpretarse en el sentido de que también los representantes del patrón quedan obligados subsidiaria y solidariamente en la relación laboral, cuando no estén vinculados a los resultados económicos de la empresa, pues es posible que, aun ostentando dicho carácter, sean trabajadores del patrón.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010545-f99c2342/representantes-del-patron-los-previstos-en-el-articulo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3156/2002.—Roberto San Juan Pérez.—13 de junio de 2002.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carolina Pichardo Blake.—Secretario: Augusto Santiago Lira. Amparo directo 6016/2004.—Armando Martínez Lozada.—12 de agosto de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez.—Secretario: Miguel Barrios Flores. Amparo directo 10206/2004.—Edgar Castro Love.—11 de noviembre de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretaria: Lourdes Patricia Muñoz Illescas. Amparo directo 4096/2006.—Eugenia Flores Hernández.—25 de mayo de 2006.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretario: Joaquín Zapata Arenas. Amparo directo 9986/2007.—Griselda Rubí Escudero Pineda.—6 de diciembre de 2007.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretario: Edgar Hernández Sánchez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, mayo de 2008, página 972, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.6o.T. J/90; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, diciembre de 2004, página 1198.

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