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ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. LAS CONTROVERSIAS LABORALES ENTRE ÉSTOS Y SUS TRABAJADORES SON COMPETENCIA DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO.

Clave: 352 · Registro digital (IUS): 1011337 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo VII. Conflictos Competenciales Segunda Parte - TCC Sexta Sección - Laboral; Pág. 517

En atención al criterio sustentado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 1/96, visible en la página 52, Tomo III, correspondiente al mes de febrero de 1996, Novena Época, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, bajo el rubro: "ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE CARÁCTER FEDERAL. SU INCLUSIÓN EN EL ARTÍCULO 1o. DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO ES INCONSTITUCIONAL.", las relaciones laborales de los organismos descentralizados del Estado de Baja California con sus trabajadores se rigen por el apartado A del artículo 123 constitucional, cuya ley reglamentaria es la Ley Federal del Trabajo, ordenamientos conforme a los cuales la autoridad competente para dirimir las controversias que se susciten entre éstos, es la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado y no el Tribunal de Arbitraje de la entidad.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1011337-c8ae4d79/organismos-publicos-descentralizados-del-estado-de-baja-california · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1080/99.—Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Baja California.—27 de abril de 2000.—Unanimidad de votos.—Ponente: Jorge Martínez Aragón.—Secretaria: Edith Ríos Torres. Amparo directo 143/2000.—Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Baja California.—15 de junio de 2000.—Unanimidad de votos.—Ponente: Jaime Romero Romero, secretario de tribunal autorizado por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado.—Secretaria: Nora Laura Gómez Castellanos. Amparo directo 319/2000.—Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Baja California.—21 de junio de 2000.—Unanimidad de votos.—Ponente: Jorge Martínez Aragón.—Secretaria: Magaly Herrera Olaiz. Amparo directo 207/2000.—Patronato del Bosque y Zoológico de la ciudad de Mexicali, Baja California.—4 de agosto de 2000.—Unanimidad de votos.—Ponente: Graciela M. Landa Durán.—Secretaria: Susana Aguilera Morelos. Amparo directo 355/2000.—Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Baja California.—25 de agosto de 2000.—Unanimidad de votos.—Ponente: Jorge Martínez Aragón.—Secretaria: Magaly Herrera Olaiz. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, diciembre de 2000, página 1269, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis XV.2o. J/10; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, diciembre de 2000, página 1270.

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