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INCULPADO. SU NEGATIVA A DECLARAR NO CONSTITUYE UN INDICIO PARA ACREDITAR SU CULPABILIDAD, SINO UNA GARANTÍA CONSTITUCIONAL.

Clave: 1018 · Registro digital (IUS): 1012305 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo I. Constitucional 3. Derechos Fundamentales Segunda Parte - TCC Octava Sección - Garantías del inculpado y del reo; Pág. 2375

El artículo 20, apartado A, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en todo proceso del orden penal el inculpado no podrá ser obligado a declarar; por tanto, si el procesado se acoge al beneficio otorgado en dicha garantía y se niega a declarar o se reserva el derecho a hacerlo, tal circunstancia no constituye un indicio de culpabilidad en la comisión del delito que se le atribuye, sino el ejercicio de un derecho constitucional.

DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1012305-49c598f6/inculpado-su-negativa-a-declarar-no-constituye-un · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1380/2003.—30 de septiembre de 2003.—Unanimidad de votos.—Ponente: Jorge Ojeda Velázquez.—Secretaria: Martha García Gutiérrez. Amparo en revisión 1490/2003.—30 de septiembre de 2003.—Mayoría de votos; unanimidad en relación con el tema contenido en esta tesis.—Disidente y Ponente: Carlos Enrique Rueda Dávila.—Encargado del engrose: Jorge Ojeda Velázquez.—Secretaria: Taissia Cruz Parcero. Amparo directo 1760/2003.—14 de octubre de 2003.—Unanimidad de votos.—Ponente: Jorge Ojeda Velázquez.—Secretaria: Martha García Gutiérrez. Amparo directo 3180/2003.—13 de diciembre de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Jorge Ojeda Velázquez.—Secretaria: Herlinda Álvarez Romo. Amparo directo 1580/2005.—30 de junio de 2005.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos Enrique Rueda Dávila.—Secretaria: Taissia Cruz Parcero. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, agosto de 2005, página 1630, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.10o.P. J/7; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, agosto de 2005, página 1631.

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