Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA PERICIAL CONTABLE. ES ILEGAL SU ADMISIÓN SI TIENE POR OBJETO DETERMINAR LA INTEGRACIÓN DEL SALARIO EN EL QUE PRETENDEN INCLUIRSE CONCEPTOS EXTRALEGALES PARA EL PAGO DE PRESTACIONES, YA QUE ELLO ES UN PROBLEMA JURÍDICO QUE PUEDE RESOLVER LA JUNTA A PARTIR DEL ANÁLISIS DE OTROS MEDIOS PROBATORIOS APORTADOS POR LAS PARTES.

Clave: I.13o.T. J/21 (9a.) · Registro digital (IUS): 160109 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 1696

Conforme a los artículos 776 y 821 de la Ley Federal del Trabajo en el juicio laboral son admisibles todos los medios de prueba que no sean contrarios a la moral y al derecho, requisito que satisface la prueba pericial, pues su ofrecimiento se justifica en la necesidad de que un experto auxilie a la Junta en cuestiones que requieren conocimientos especiales de una ciencia, técnica o arte. Entonces, cuando en un conflicto laboral el aspecto a resolver es la integración del salario en que se pretende la inclusión de conceptos contenidos en un contrato colectivo de trabajo para el pago de las prestaciones demandadas, y se ofrece la prueba pericial contable para demostrar ese extremo, su admisión es ilegal, ya que ello es un problema jurídico que puede resolver la Junta a partir del análisis de otros medios probatorios ofrecidos por las partes, para que decida en torno a la existencia de las disposiciones contractuales en que se apoye la reclamación.

DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/160109-d3854174/prueba-pericial-contable-es-ilegal-su-admision-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 17733/2002. Pemex Exploración y Producción. 18 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretaria: Ahideé Violeta Serrano Santillán. Amparo directo 1024/2010. José Antonio Vázquez Mendoza. 18 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretario: Eudón Ortiz Bolaños. Amparo directo 24/2011. Trade In Promotion, S.A. de C.V. 10 de marzo de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: Carlos Ignacio Luna Sánchez. Amparo directo 1238/2011. Daniela Montoya Maldonado. 19 de enero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretario: Agustín de Jesús Ortiz Garzón. Amparo directo 1301/2011. 9 de febrero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretaria: Verónica Beatriz González Ramírez. Nota: El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 41/2026, pendiente de resolverse por el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.