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LAUDO INCONGRUENTE. LO ES SI LOS RAZONAMIENTOS VERTIDOS EN LOS CONSIDERANDOS SON CONTRADICTORIOS ENTRE SÍ, MÁXIME SI EL PUNTO RESOLUTIVO REGIDO POR ÉSTOS NO GUARDA CLARIDAD PARA LLEVAR A CABO SU EJECUCIÓN.

Clave: I.6o.T. J/111 · Registro digital (IUS): 162099 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 899

De conformidad con el principio de congruencia, los considerandos de todo fallo deben guardar unidad de conceptos en orden a la apreciación de los hechos a través de las pruebas rendidas, por lo que si un considerando viene a destruir los razonamientos que en forma definida caracterizan a otro, el laudo es incongruente; máxime si el punto resolutivo regido por aquéllos no guarda la claridad indispensable para que se ejecute, ya que las partes considerativas y resolutivas del laudo constituyen elementos de un todo, por lo que ambos textos deben ser congruentes entre sí, a menos que en los resolutivos se adviertan deficiencias en su estructuración gramatical, toda vez que, en este caso, deberá estarse a lo especificado en el considerando que lo rige.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/162099-57421414/laudo-incongruente-lo-es-si-los-razonamientos-vertidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4686/2004. Francisco Escobar Zendejas. 17 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Claudia Gabriela Soto Calleja. Amparo directo 1178/2008. Martha Patricia González Ortega Acosta. 29 de enero de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretario: Luis Javier Guzmán Ramos. Amparo directo 636/2009. Cirenia Tapia Herrera y/o Cirenia Tapia Ibarra. 6 de agosto de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Lourdes Patricia Muñoz Illescas. Amparo directo 11/2010. Instituto Mexicano del Seguro Social. 25 de marzo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Sandra Iliana Reyes Carmona. Amparo directo 808/2010. Instituto Mexicano del Seguro Social. 23 de septiembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Margarita Cornejo Pérez.

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