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VIOLACIÓN PROCESAL QUE TRASCIENDE AL RESULTADO DEL FALLO. QUÉ DEBE ENTENDERSE POR TAL.

Clave: II.T. J/35 · Registro digital (IUS): 167326 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Abril de 2009; Pág. 1846

De acuerdo con lo previsto en los artículos 107, fracciones III, inciso a) y V, inciso d), constitucional, 44 y 158 de la Ley de Amparo, en el amparo uniinstancial no sólo se pueden combatir las infracciones cometidas en las sentencias definitivas o laudos motivo de impugnación, sino también las violaciones originadas dentro del procedimiento, siempre y cuando afecten las defensas del quejoso y trasciendan al resultado del fallo. Respecto a esta última circunstancia se contemplan dos hipótesis, a saber: a) cuando la trascendencia de la violación procesal deriva del propio fallo reclamado; y, b) cuando esa trascendencia no deriva directamente de ese fallo, pero que en virtud de contener éste determinaciones ilegales, se advierte que bajo la perspectiva de la resolución que habrá de dictarse, la violación procesal sí incidirá de manera importante en el nuevo fallo, como cuando la responsable absuelve de cierta prestación por considerarla vaga y oscura, y el tribunal de amparo considera que no lo es; la violación procesal consistente en la no admisión de una prueba relacionada con dicha prestación debe estimarse que ha de trascender en el nuevo fallo que habrá de dictarse, porque deberá valorarse en éste. Esto debe ser así, en observancia al principio de expeditez en la administración de justicia consagrado en el artículo 17 constitucional, pues no tendría ningún sentido primero conceder el amparo de la Justicia Federal al quejoso para que la autoridad responsable eliminara las consideraciones ilegales y luego, ante un nuevo fallo, emitido en el mismo sentido, se tuviere que promover otro juicio de amparo para que se corrigiera la violación al procedimiento.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/167326-81686862/violacion-procesal-que-trasciende-al-resultado-del-fallo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 155/2003. **********. 7 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretaria: Yolanda Leyva Zetina. Amparo directo 1264/2007. Dinorah Elena Avilés Alcocer. 17 de junio de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo García Torres. Secretaria: Rosario Moysén Chimal. Amparo directo 1456/2007. Miriam Mejía Juárez. 27 de agosto de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo García Torres. Secretaria: Rosario Moysén Chimal. Amparo directo 40/2008. Instituto de Salud del Estado de México. 4 de noviembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Guzmán Barrera. Secretario: Raúl Díaz Infante Vallejo. Amparo directo 232/2008. Juan Francisco Lucas Valerio. 1o. de diciembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Guzmán Barrera. Secretario: Raúl Díaz Infante Vallejo.

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