VALOR AGREGADO. LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO RELATIVO SUJETOS A LA TASA DEL 0% Y LOS EXENTOS, NO SE ENCUENTRAN EN SITUACIONES JURÍDICAS SEMEJANTES PARA EFECTOS DEL ACREDITAMIENTO.
La Ley del Impuesto al Valor Agregado establece una contribución cuyo mecanismo ordinario de operación -correctamente diseñado para efectuar el cálculo respectivo- no se reduce a la interacción de sus elementos esenciales (sujeto, objeto, base, tasa y época de pago), sino que adicionalmente se apoya en las figuras del traslado y del acreditamiento, con lo cual se convierte en un auténtico impuesto que pesa sobre el valor agregado. Ahora bien, como excepción a ese esquema impositivo, la propia Ley de la materia prevé los regímenes de la tasa del 0% y las exenciones, que si bien es cierto que tienen en común que: a) constituyen alteraciones en el diseño del gravamen; b) los sujetos pasivos de la relación tributaria realizan el hecho imponible y, por tanto, ambos causan el impuesto; y, c) por razones específicas de índole social, económica o extrafiscal, protegen ciertos sectores de la población, de modo que el impuesto no impacte negativamente en su esfera económica probablemente; también lo es que ello no significa que operan de la misma manera, habida cuenta que entre ambos existen diferencias bien definidas. Así, los actos o actividades sujetos a la tasa del 0%, al producir los mismos efectos legales que aquellos por los que se debe pagar el impuesto (tasas del 15% y 10%), sí generan la obligación de entero del tributo, por lo que: a) existe la posibilidad jurídica de trasladar el impuesto, aun cuando el resultado de esa operación arroje una cantidad de cero y ese sea el monto que deberá enterarse en su momento; b) se tiene derecho de aplicar el acreditamiento respectivo; y, c) es posible solicitar la devolución que resulte procedente. En cambio, para el caso de actos o actividades exentos, por disposición de la propia Ley, no se genera la obligación de pago del impuesto y, por tanto: a) no puede efectuarse el traslado de un impuesto que en última instancia no se tiene obligación de pagar; b) existe imposibilidad jurídica de acreditar el impuesto que se hubiese trasladado al contribuyente o el pagado en la importación, por tener que absorberlo como gasto o costo; y, c) es improcedente cualquier devolución. En consecuencia, de acuerdo con el esquema diseñado por el legislador para dichos regímenes y en razón de los efectos que producen, se trata de diversas categorías de contribuyentes que no se encuentran en iguales situaciones jurídicas y, por ende, el tratamiento otorgado por la Ley del Impuesto al Valor Agregado para efectos del acreditamiento no puede ser el mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/171263-64d1ffc7/valor-agregado-los-contribuyentes-del-impuesto-relativo-sujetos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- VALOR AGREGADO. LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO RELATIVO SUJETOS A LA TASA DEL 0% Y LOS EXENTOS, NO SE ENCUENTRAN EN SITUACIONES JURÍDICAS SEMEJANTES PARA EFECTOS DEL ACREDITAMIENT (852)
- VALOR AGREGADO. EL DIVERSO TRATO QUE LA LEY RELATIVA OTORGA A LOS CONTRIBUYENTES QUE REALICEN ACTOS O ACTIVIDADES EXENTAS, RESPECTO DE LOS QUE EFECTÚEN OPERACIONES GRAVADAS CON TAS (2a./J. 79/2006)
- VALOR AGREGADO. EL DIVERSO TRATO QUE LA LEY RELATIVA OTORGA A LOS CONTRIBUYENTES QUE REALICEN ACTOS O ACTIVIDADES EXENTAS, RESPECTO DE LOS QUE EFECTÚEN OPERACIONES GRAVADAS CON TAS (839)
- VALOR AGREGADO. EL SISTEMA DE ACREDITAMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 4o., FRACCIÓN I, PÁRRAFO CUARTO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD (DECRETO PUB (85)
- VALOR AGREGADO. EL SISTEMA DE ACREDITAMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 4o., FRACCIÓN I, PÁRRAFO CUARTO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD (DECRETO PUB (391 (H))
- VALOR AGREGADO. EL SISTEMA DE ACREDITAMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 4o., FRACCIÓN I, PÁRRAFO CUARTO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD (DECRETO PUB (P./J. 81/2000)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis