PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. OPERA CUANDO SE CAMBIA EL RECLAMO DE INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL POR REINSTALACIÓN, O VICEVERSA, CON MOTIVO DEL DESPIDO, FUERA DEL PLAZO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 518 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 constitucional, apartado A, fracciones XXI y XXII, 48 y 518 de la Ley Federal del Trabajo, y de la interpretación realizada al respecto por esta Suprema Corte de Justicia, el vocablo "acciones" de reinstalación e indemnización está usado en esos preceptos como sinónimo de derecho material y no para designar la facultad que tienen los gobernados para pedir la intervención del Estado con el fin de hacer efectivas relaciones jurídicas concretas; asimismo, en términos del mismo artículo 518, en relación con el 521, fracción II, de la propia ley, lo que prescribe es el derecho cuya tutela se pretende mediante el ejercicio de la acción. En esa virtud, cuando el trabajador, en uso de la facultad procesal que le otorga el artículo 878, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, en la etapa de demanda y excepciones, en lugar de la indemnización constitucional opta por la reinstalación, o viceversa, en realidad está haciendo valer un nuevo derecho, por lo que si es éste el que prescribe, entonces es claro que debe ejercitarlo dentro del plazo de dos meses a que se refiere el artículo 518 de la propia ley y, si no se hace, opera la prescripción que regula este propio precepto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/171675-568ef263/prescripcion-en-materia-laboral-opera-cuando-se-cambia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. OPERA CUANDO SE CAMBIA EL RECLAMO DE INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL POR REINSTALACIÓN, O VICEVERSA, CON MOTIVO DEL DESPIDO, FUERA DEL PLAZO A QUE SE (225)
- REINSTALACIÓN. EL CAMBIO DE ESE RECLAMO POR EL DIVERSO DE INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL, O VICEVERSA, SE EQUIPARA A UN DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, POR TANTO, DEBE SER RATIFICADO POR (XXII.1o.1 L (10a.))
- PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. NO SE CONFIGURA SI EN UN MISMO MOMENTO PROCESAL, Y DENTRO DEL PLAZO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 518 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EL ACTOR RECLAM (I.3o.T.245 L (9a.))
- PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL POR DESPIDO INJUSTIFICADO. NO OPERA AUN CUANDO SE MODIFIQUE POR LA DIVERSA DE REINSTALACIÓN SI NO SE VARÍA EL HECHO QUE CO (XV.3o.8 L)
- PRESCRIPCION, COMPUTO DEL TERMINO DE LA. CUANDO SE CAMBIE LA ACCION. (s/clave)
- PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO (ESTATUTO JURIDICO). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis