PAGO EN PARCIALIDADES. EL ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 66 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA, AL NO AUTORIZAR ESA FORMA DE PAGO RESPECTO DE CONTRIBUCIONES RETENIDAS, TRASLADADAS O RECAUDADAS.
El citado precepto, al prever que no se autorizará el pago en parcialidades respecto de contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas, así como de aquellas que debieron pagarse en el año calendario en curso o en los seis meses anteriores al mes en que se solicite la autorización, excepto en los casos de aportaciones de seguridad social, no viola el principio de equidad tributaria consagrado en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque el legislador señaló esta distinción con base en la naturaleza jurídica de la contribución y no en una categoría expresa de contribuyentes, de manera que los sujetos pasivos que adeudan contribuciones propias, frente a quienes las adeudan por haberlas retenido, trasladado o recaudado, no son jurídicamente iguales, pues en este último caso no se afecta su patrimonio. Además, de la interpretación de los artículos 66, antepenúltimo párrafo, del Código Fiscal de la Federación; 2078 del Código Civil Federal; 19 y 20 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, y 93 y 94 de su Reglamento, se advierte que es facultad discrecional de la autoridad fiscal autorizar el pago en parcialidades de contribuciones, de ahí que esta modalidad de pago no constituye un derecho para el sujeto pasivo del tributo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/179835-c7d6e5e2/pago-en-parcialidades-el-antepenultimo-parrafo-del-articulo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PAGO EN PARCIALIDADES. EL ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 66 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA, AL NO AUTORIZAR ESA FORMA DE PAGO RE (260 (H))
- CONTRIBUCIONES RETENIDAS, TRASLADADAS O RECAUDADAS. EL ARTÍCULO 66, ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, QUE NO AUTORIZA SU PAGO EN PARCIALIDADES, NO VIOLA EL (1a./J. 101/2011)
- CONTRIBUCIONES RETENIDAS, TRASLADADAS O RECAUDADAS. EL ARTÍCULO 66-A, FRACCIÓN VI, INCISO C), DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN DE 28 DE JUNIO DE 2006, AL NO AUTORIZAR SU PAGO EN (2a. XLV/2009)
- MULTAS IMPUESTAS POR NO ENTERAR CONTRIBUCIONES RETENIDAS. SU PAGO PUEDE AUTORIZARSE EN PARCIALIDADES. (II.1o.A.169 A (9a.))
- PAGO DIFERIDO O EN PARCIALIDADES DE CREDITOS FISCALES. LA DISCRECIONALIDAD CONCEDIDA A LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA POR EL ARTICULO 66 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, NO ES CONT (s/clave)
- PAGO DIFERIDO O EN PARCIALIDADES DE CREDITOS FISCALES. EL ARTICULO 66 DEL CODIGO FISCAL FEDERAL NO CONTRAVIENE A LOS ARTICULOS 13 Y 28 CONSTITUCIONALES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis