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ACCIÓN EJERCIDA POR EL VENCIMIENTO ANTICIPADO DE UN CONTRATO DE CRÉDITO POR INCUMPLIMIENTO EN LOS PAGOS CONVENIDOS. EL SEÑALAMIENTO DE LA FECHA DE INCUMPLIMIENTO ES UN ELEMENTO DE LA MISMA.

Clave: VI.3o.C. J/43 · Registro digital (IUS): 187879 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Febrero de 2002; Pág. 659

Si en un contrato de crédito se establece la posibilidad de que el acreedor lo dé por vencido anticipadamente, si el acreditado deja de cumplir puntualmente con los pagos parciales convenidos, para poder ejercer la acción correspondiente, es preciso que el actor especifique en la demanda la fecha en que se incurrió en dicho incumplimiento, porque ésta es un requisito de procedencia de la acción y no constituye una simple oscuridad de la demanda, que sólo pueda ser analizada por el Juez si se opone excepción al respecto.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/187879-e55fb771/accion-ejercida-por-el-vencimiento-anticipado-de-un · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 348/2000. Banco Bilbao Vizcaya México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa. 11 de agosto de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Filiberto Méndez Gutiérrez. Secretaria: Carla Isselin Talavera. Amparo directo 263/2001. Unión de Crédito de Tecamachalco, S.A. de C.V. 21 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Filiberto Méndez Gutiérrez. Secretaria: Carla Isselin Talavera. Amparo directo 81/2001. Bancrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancrecer. 23 de agosto de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Teresa Munguía Sánchez. Secretaria: Julieta Esther Fernández Gaona. Amparo directo 435/2001. Banco Nacional de México, S.A., Integrante del Grupo Financiero Banamex-Accival, S.A. de C.V. 4 de octubre de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Filiberto Méndez Gutiérrez. Secretaria: Carla Isselin Talavera. Amparo directo 392/2001. Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital. 10 de enero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Teresa Munguía Sánchez. Secretaria: Julieta Esther Fernández Gaona. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 122/2003-PS que fue declarada sin materia por la Primera Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 1a./J. 63/2003, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIX, marzo de 2004, página 11, con el rubro: "DEMANDA. LA OBLIGACIÓN DE EXPRESAR LOS HECHOS FUNDATORIOS DE LA ACCIÓN, SE CUMPLE CUANDO EL ACTOR HACE REMISIÓN EXPRESA Y DETALLADA A SITUACIONES, DATOS O A LOS CONTENIDOS EN LOS DOCUMENTOS ANEXOS A ELLA (LEGISLACIÓN DE LOS ESTADOS DE SONORA Y PUEBLA)."

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