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Modo: Corpus Pro

OFRECIMIENTO DE TRABAJO. CUANDO SE FORMULA CON UNA JORNADA MENOR A LA ALEGADA EN LA DEMANDA, QUE ESTÁ EN EL PARÁMETRO MÁXIMO LEGAL SEMANAL, AL TRABAJADOR QUE PERCIBE UN SALARIO QUE COMPRENDE EL PAGO DE COMISIONES SOBRE EL VALOR DE LA MERCANCÍA VENDIDA O COLOCADA, ES DE BUENA FE, SALVO QUE SEA INFERIOR A ESE MÁXIMO LEGAL.

Clave: 2a./J. 70/2016 (10a.) · Registro digital (IUS): 2012244 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 10a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 33, Agosto de 2016; Tomo II; Pág. 1149

La otrora Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 4a./J. 43/93 (*), sostuvo que la disminución de la jornada laboral en la oferta de trabajo, no probada, puede considerarse benéfica para el trabajador, por comprender menos horas, si está en el parámetro máximo legal que la Ley Federal del Trabajo establece; regla general que aplica a todos los trabajadores, incluyendo a quienes perciben un salario que comprende el pago de comisiones a que hace referencia el artículo 286 del referido ordenamiento legal sobre el valor de la mercancía vendida o colocada durante la jornada de labores que fijan el trabajador y el patrón de común acuerdo. Sin embargo, la oferta que contiene una jornada inferior al máximo legal semanal, ya sea diurno, nocturno o mixto, a dichos comisionistas, puede considerarse de mala fe, tomando en cuenta que esa reducción repercute en perjuicio del salario del trabajador, ya que en las horas, no ofrecidas, que median entre las que conforman el máximo legal y las que comprende la oferta, no le será posible vender o colocar la mercancía, dejando de generar las comisiones por esos conceptos. Por lo cual, entre mayor sea el número de horas, no ofrecidas, más clara será la intención del patrón de no continuar la relación laboral.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2012244-336c6732/ofrecimiento-de-trabajo-cuando-se-formula-con-una · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Contradicción de tesis 321/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, y Tercero en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 25 de mayo de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Alberto Pérez Dayán. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Francisco Manuel Rubín de Celis Garza. Tesis y criterio contendientes: Tesis I.3o.T.179 L, de rubro: "OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. ES DE MALA FE CUANDO EL PAGO DE COMISIONES POR VENTAS ES PARTE DE LAS PERCEPCIONES DEL TRABAJADOR Y LA OFERTA SE REALIZA CON UNA JORNADA LABORAL MENOR A LA QUE VENÍA DESEMPEÑANDO, PUES ESA REDUCCIÓN REPERCUTE EN EL MONTO DE SU SALARIO.", aprobada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, mayo de 2008, página 1103, y el sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 612/2015. Tesis de jurisprudencia 70/2016 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del ocho de junio de dos mil dieciséis. ________________Nota: (*) La tesis de jurisprudencia 4a./J. 43/93 citada, aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 71, noviembre de 1993, página 22, con el rubro: "OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. EL CONTROVERTIRSE LA DURACIÓN DE LA JORNADA, EN BENEFICIO DEL TRABAJADOR, NO IMPLICA MALA FE EN EL."

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