RENTA. PROCEDE EL ACREDITAMIENTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 165, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013, SEA QUE LOS DIVIDENDOS O UTILIDADES DISTRIBUIDOS PROVENGAN O NO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, PUES EN AMBOS CASOS LA SOCIEDAD PAGA EL TRIBUTO RESPECTIVO.
De la interpretación armónica y sistemática de los artículos 10, 11 y 88 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, se advierte que cuando los dividendos o utilidades distribuidos por una sociedad provienen de su cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN), ya se realizó el pago del tributo correspondiente a los ingresos que los generaron a través del impuesto corporativo (por regla general, en términos del artículo 10), resultando innecesario, por ende, que al efectuarse su distribución, deba pagarse -nuevamente- el impuesto conforme al artículo 11 de la referida ley; y cuando los dividendos o utilidades distribuidos no provienen de la cuenta citada, el tributo se paga al momento de realizar su distribución conforme al artículo 11 mencionado, pues se trata de utilidades financieras que no han reportado impuesto alguno. Por consiguiente, si en ambos casos el impuesto sobre la renta ya ha sido cubierto por la sociedad distribuidora de los dividendos, con independencia de que el pago se haga al realizar dicha distribución, o antes, ello significa que la persona física receptora de los dividendos puede efectuar el acreditamiento previsto en el artículo 165, párrafo primero, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en los términos que el propio dispositivo establece, pues sea que los dividendos o utilidades distribuidos provengan de la CUFIN o no, la exigencia de que el impuesto sobre la renta esté pagado por la sociedad se cumple, bastando para demostrar este último extremo, que la persona física cuente con la constancia referida en el artículo 86, fracción XIV, inciso b), de dicha ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2014510-e01009ae/renta-procede-el-acreditamiento-previsto-en-el-articulo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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