DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO, EMBARGO Y EMPLAZAMIENTO EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. ES ILEGAL LA REALIZADA POR UN OFICIAL ADMINISTRATIVO O JUDICIAL, AL CARECER DE FE PÚBLICA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
Hechos: El quejoso promovió juicio de amparo indirecto contra la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento efectuada por un oficial administrativo o judicial adscrito al juzgado de origen, dado que el Juez en el primer auto dictado en el juicio ejecutivo mercantil autorizó para que éste la llevara a cabo; el Juez de Distrito negó el amparo solicitado e inconforme con dicha determinación el quejoso interpuso recurso de revisión.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que un oficial administrativo o judicial no es un funcionario público autorizado por ministerio de ley para practicar la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, al no contar con fe pública que otorgue legalidad a esa diligencia.
Justificación: Lo anterior es así, toda vez que la fe pública es la potestad que por ley el Estado otorga a ciertos funcionarios públicos, los que una vez en posesión de sus cargos, tienen la facultad de dotar de autenticidad y fuerza legal a los instrumentos que autorizan, por tanto, es indelegable y se entiende como verdad impuesta coactiva o imperativa únicamente por el Estado, que obliga a los habitantes a dar por ciertos o veraces determinados instrumentos o hechos, los cuales, entre otros requisitos deben estar firmados por dichos servidores públicos en cumplimiento a las formalidades legales que garanticen su autenticidad; por lo que las diligencias practicadas por oficiales administrativos o judiciales carecen de fe pública y no puede acreditarse la legalidad del emplazamiento, máxime que la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz establece los funcionarios que están autorizados para llevar a cabo la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, que cuentan con fe pública, pero no el oficial administrativo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2023033-c810da7e/diligencia-de-requerimiento-de-pago-embargo-y-emplazamiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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