AMPARO INDIRECTO CONTRA LOS LINEAMIENTOS POR MEDIO DE LOS CUALES SE OTORGA EL PAGO POR CONCEPTO DE AGUINALDO AL PERSONAL TÉCNICO OPERATIVO, DE BASE Y CONFIANZA, DE HABERES Y POLICÍAS COMPLEMENTARIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA, DESCONCENTRADA Y DELEGACIONES DEL ENTONCES GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, RECLAMADOS COMO NORMA HETEROAPLICATIVA. NO SE ACTUALIZA LA CAUSA DE SOBRESEIMIENTO RELATIVA A LA IMPOSIBILIDAD DE CONCRETAR LOS EFECTOS DEL AMPARO.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sostuvieron posturas distintas al definir si se actualizaba o no la causa de improcedencia relativa a la imposibilidad de concretar los efectos del amparo, pues mientras uno de los órganos jurisdiccionales estimó que al haber operado la prescripción del derecho a reclamar diferencias por el pago de aguinaldo, se debía sobreseer en el juicio, los otros Tribunales Colegiados de Circuito contendientes, implícitamente desestimaron esa causa de improcedencia, al abordar el estudio de fondo.
Criterio jurídico: El Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito determina que no es jurídicamente válido sostener el sobreseimiento en el juicio por considerar que no pueden concretarse los efectos del amparo al haber prescrito el derecho al pago de las diferencias por concepto de pago de aguinaldo, por no haberlas reclamado en el plazo previsto en el artículo 112 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Justificación: De conformidad con los artículos 61 y 63 de la Ley de Amparo, las causas de sobreseimiento deben derivar de alguna disposición de la Constitución General o de la propia Ley de Amparo. Por ello, no es dable considerar la actualización de una causa de sobreseimiento que no tiene sustento en la Constitución General o en la Ley de Amparo, sino en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Además, el sobreseimiento no puede estar sustentado en una excepción que pretende invalidar una acción ordinaria ajena a la acción de amparo.
PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2025796-a0c12ad3/amparo-indirecto-contra-los-lineamientos-por-medio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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