SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES PROCEDENTE CONCEDERLA RESPECTO DE LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DERIVADOS DEL ARTÍCULO 192 DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE VERACRUZ, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CONSISTENTES EN EL REGISTRO DE UNA SANCIÓN POR PARTE DE LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes, al resolver diversos recursos de queja, arribaron a consideraciones contrarias con relación a si procede o no conceder la suspensión provisional respecto de los efectos y consecuencias derivados del artículo 192 del Reglamento de Tránsito del Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, consistentes en el registro de una sanción por parte de la Dirección de Tránsito y Vialidad del Municipio referido, ya que uno de ellos razonó que no era procedente conceder la suspensión provisional, toda vez que si bien la persona quejosa había solicitado la medida cautelar, no lo había realizado explícitamente para el efecto de que no se llevara a cabo el registro de la sanción y, además, no tenía certeza de que el registro se hubiese efectuado; en tanto que el otro órgano jurisdiccional decidió que era procedente conceder la suspensión provisional para el efecto de que las cosas permanecieran en el estado que guardaban y no se incorporara a la persona quejosa en el registro de infractores respectivo, al constituir un acto de carácter positivo que conlleva un “hacer” y, además, porque tal circunstancia podría vulnerar su derecho de presunción de inocencia.
Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materia Administrativa de la Región Centro-Sur, con residencia en Cuernavaca, Morelos, determina que es procedente conceder la suspensión provisional en el juicio de amparo indirecto, respecto de los efectos y consecuencias derivados del artículo 192 del Reglamento de Tránsito del Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, consistentes en el registro de una sanción, al tratarse de un acto inminente derivado de la imposición de una multa por infracción de tránsito, debido a que ello sería violatorio del principio de presunción de inocencia.
Justificación: El artículo 192 del Reglamento de Tránsito del Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, prevé el registro de todas las sanciones que se apliquen a las personas, a cargo de la Dirección de Tránsito y Vialidad del Municipio referido, con la finalidad de que la persona que reincida en una falta categoría C o D del reglamento citado, sea sancionada con una doble multa; además, prevé la facultad de la autoridad de tránsito de recoger y promover la suspensión o cancelación de las licencias. En ese tenor, cuando en el juicio de amparo indirecto se señale como acto reclamado el registro de una sanción por infracción de tránsito, conforme al artículo 192 del Reglamento de Tránsito señalado, es procedente conceder la medida cautelar respecto de los efectos y consecuencias de la porción normativa señalada, siempre que se surtan los requisitos que establecen la Carta Magna, así como la Ley de Amparo, toda vez que se trata de un acto inminente, cuyas consecuencias que podría producir en la esfera de derechos de las personas quejosas, son de mayor gravedad que las que pudiera resentir la sociedad, en tanto que ésta se encuentra interesada en el debido cumplimiento de los derechos que protege la Constitución General, entre los que se encuentra la presunción de inocencia, por lo que no conceder la suspensión provisional en el supuesto referido vulneraría dicho principio, debido a que es una medida que implicaría colocar a la persona quejosa en una situación de hecho equiparable a la culpabilidad.
PLENO REGIONAL EN MATERIA ADMINISTRATIVA DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA, MORELOS.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2027339-4dcd8e8d/suspension-provisional-en-el-juicio-de-amparo-indirecto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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