ASOCIACION DELICTUOSA Y PARTICIPACION MULTIPLE O COPARTICIPACION. DIFERENCIAS.
La asociación delictuosa difiere de la participación múltiple o coparticipación en la realización de un hecho antijurídico, porque en este último supuesto, aunque las infracciones se repiten, surgen de momento a momento pero quedan aisladas unas de otras, y en el caso de la asociación el propósito de delinquir indeterminadamente persiste en los miembros de la banda que se pliegan a las decisiones del jefe.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/208064-926a647a/asociacion-delictuosa-y-participacion-multiple-o-coparticipacion-diferencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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