DEMANDA LABORAL, EN LA, DEBEN PRECISARSE CIRCUNSTANCIAS DE MODO, TIEMPO Y LUGAR DEL DESPIDO.
Los actores están obligados a señalar en su demanda, las circunstancias del lugar, tiempo y modo de ejecución de los hechos que estimen constitutivos de un despido, para que el demandado conozca a plenitud los hechos que se le imputan, el lugar preciso en que se afirme acontecieron y el momento exacto o cuando menos aproximado, en que se diga ocurrieron, así como la persona o personas que intervinieron en ellos, a fin de que dicho demandado tenga posibilidad legal de preparar debidamente su defensa, así como para que, las pruebas que rindan ambos contendientes, puedan ser tomadas en cuenta por los tribunales obreros, dado que dichas pruebas tienen por objeto demostrar los hechos expuestos en la demanda o en su contestación y si los contrincantes son omisos en narrar los hechos relativos en que descanse su acción o defensa, falta la materia misma de la prueba.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/226452-02862e72/demanda-laboral-en-la-deben-precisarse-circunstancias-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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