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PRUEBA DE INSPECCION NO IDONEA PARA ACREDITAR ANTIGÜEDAD Y SALARIO.

Clave: I. 1o. T. J/7 · Registro digital (IUS): 229380 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 935

Se justifica legalmente el desechamiento de la prueba de inspección que hace la Junta responsable, tendiente a acreditar la antigüedad y el monto de los salarios del actor, en virtud de que aun cuando el patrón debe probar esos extremos, conforme al artículo 784, fracciones II y XII, del citado ordenamiento legal, la inspección no es el medio idóneo para ello, atento que debe presentar los originales de los documentos privados y cuando formen parte de un libro expediente o legajo, debe exhibir copia para la compulsa correspondiente, en términos del artículo 801 del referido cuerpo de leyes, esto aunado a que el demandado tiene la obligación de conservar y exhibir en juicio, los documentos consistentes en contratos de trabajo, listas de raya, nóminas de personal o recibos de pago de salarios, como lo dispone el artículo 804, fracciones I y II de la Ley laboral.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/229380-79bf1ca9/prueba-de-inspeccion-no-idonea-para-acreditar-antiguedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 7811/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Miguel Angel Bremermann Macías. Amparo directo 10471/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 17 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Rigoberto Calleja López. Amparo directo 12921/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 23 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Alfonso Hernández Suárez. Amparo directo 561/89. Ferrocarriles Nacionales de México. 16 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Gilberto León Hernández. Amparo directo 1151/89. Ferrocarriles Nacionales de México. 16 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Gilberto León Hernández. Nota: La Cuarta Sala estableció criterio al respecto en las tesis números 9/91, 10/91 y 11/91, publicadas, en la Gaceta número 43, del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, páginas 53 y 54.

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