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RIESGOS DE TRABAJO. INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR. SUSPENSION CONTRA EL LAUDO QUE CONDENA A SU PAGO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 243067 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 209

La Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al establecer que las indemnizaciones por riesgos de trabajo se equiparan a alimentos, así como que los beneficios de estas indemnizaciones alcanzan a los deudos del trabajador que sufrió riesgo, es de concluirse que para garantizar su subsistencia, debe negarse la suspensión por la cantidad equivalente a los seis meses de salario, que es el término en que debe dictarse la sentencia en el amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/243067-c4ee4708/riesgos-de-trabajo-indemnizacion-por-muerte-del-trabajador · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Tomo LXIV, página 4209. Félix Emilia y coagraviado. 3 de mayo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el número de asunto ni el nombre del ponente. Tomo LXXIII, página 6452. Queja 172/42. Compañía Minera Asarco S.A., Unidad de Parral. 17 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada. Tomo LXXIII, página 7096. Queja 386/42. Compañía Minera Asarco, S.A. 23 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo. Tomo LXXXI, página 5675. Queja 296/44. Petróleos Mexicanos. 18 de septiembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CI, página 1257. Queja 480/47. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 4 de agosto de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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