ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA.
La prescripción producirá sus efectos aunque no la alegue como excepción el acusado; los jueces la suplirán de oficio en todo caso, tan luego como tengan conocimiento de ella, sea cual fuere el estado del proceso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/389878-889be321/accion-penal-prescripcion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo en revisión 2246/26. Toscano Jesús y coag. 9 de diciembre de 1926. Unanimidad de diez votos.
Amparo en revisión 1160/26. Sepúlveda Eliseo. 16 de agosto de 1927. Unanimidad de nueve votos.
Amparo en revisión 4074/27. Pérez Primitivo. 7 de junio de 1929. Mayoría de tres votos.
Amparo en revisión 2585/28. Arrieta Eligio. 11 de octubre de 1929. Cinco votos.
Amparo en revisión 2364/29. Legorreta Juan de Dios. 14 de enero de 1931. Mayoría de tres votos.
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