COMPARECENCIA ANTE LAS AUTORIDADES PENALES.
La citación que se haga a los indiciados de un delito, para que comparezcan ante el juez que instruye la averiguación respectiva, no importa violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/389946-b3196df6/comparecencia-ante-las-autoridades-penales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Tomo VI, pág. 600. Amparo en revisión. Saldaña Oropeza Román y coags. 6 de abril de 1920. Unanimidad de diez votos.
Tomo VI, pág. 969. Amparo en revisión 141/18. Arizpe Lorenzo. 17 de abril de 1920.
Tomo VI, pág. 969. Amparo en revisión 946/19. Cuamatzi Porfirio. 7 de junio de 1920.
Tomo VI, pág. 969. Amparo en revisión 27/19. Palacio Federico. 10 de junio de 1920.
Tomo VI, pág. 828. Amparo en revisión. Galicia Miguel. 12 de junio de 1920. Unanimidad de nueve votos.
NOTA:
En el Apéndice al Tomo XXXVI el rubro es: "COMPARECENCIA ANTE LAS AUTORIDADES."
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