COMPARECENCIA ANTE LAS AUTORIDADES PENALES.-
La citación que se haga a los indiciados de un delito, para que comparezcan ante el Juez que instruye la averiguación respectiva, no importa violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/904063-0811e3c8/comparecencia-ante-las-autoridades-penales-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Época:
Amparo en revisión.-Saldaña Oropeza Román y coags.-6 de abril de 1920.-Unanimidad de diez votos.
Tomo VI, pág. 969. Amparo en revisión 141/18.-Arizpe Lorenzo.-17 de abril de 1920.
Tomo VI, pág. 969. Amparo en revisión 946/19.-Cuamatzi Porfirio.-7 de junio de 1920.
Tomo VI, pág. 969. Amparo en revisión 27/19.-Palacio Federico.-10 de junio de 1920.
Amparo en revisión.-Galicia Miguel.-12 de junio de 1920.-Unanimidad de nueve votos.
Apéndice 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, página 44, Pleno, tesis 77.
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