TESTIGOS MENORES DE EDAD.
La minoría de edad del declarante no invalida por sí misma el valor probatorio que a su testimonio le corresponda según las circunstancias del caso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390224-6b5bb684/testigos-menores-de-edad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Sexta Epoca:
Amparo directo 451/54. J. Jesús Quiñones Sánchez. 18 de octubre de 1957. Cinco votos.
Amparo directo 453/54. Donato Vázquez Quiñones. 18 de octubre de 1957. Cinco votos.
Amparo directo 7158/56. Guillermo Almendra Avila. 11 de noviembre de 1957. Cinco votos.
Amparo directo 6141/57. Raúl Rivas Manquero. 13 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 6393/60. Ramón Denicia Saldívar. 2 de diciembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos.
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