ORDEN DE APREHENSION DICTADA POR JUEZ DE DISTRITO. AUTORIDADES EJECUTORAS DE LA. EL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA Y EL SUPERVISOR GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS CRIMINALISTICOS DEPENDIENTE DE AQUEL, TIENEN ESE CARACTER.
El Procurador General de la República tiene la calidad de autoridad ejecutora de las órdenes de aprehensión dictadas por los jueces de Distrito, por ser éste el jefe de la institución del Ministerio Público Federal y en virtud de que de conformidad con los artículos 21 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dicha institución presidida por el Procurador, es la encargada de la persecución de los delitos, para lo cual tiene bajo su mando a la Policía Judicial Federal; de donde se sigue, que dicho Procurador tiene facultades para ordenar la ejecución de las órdenes de aprehensión solicitadas por la autoridad judicial, aun cuando dicha ejecución es realizada a través de la Policía Judicial Federal; lo que se traduce en una ejecución material de éste y jurídica del jefe del Ministerio Público Federal, máxime que el artículo 22 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, encomienda a la mencionada policía la ejecución de las órdenes de aprehensión, pero actuando siempre bajo la autoridad y mando inmediato del Ministerio Público Federal. Por las mismas razones, debe considerarse en la especie, como autoridad ejecutora, al Supervisor General de Servicios Técnicos y Criminalísticos de la Procuraduría General de la República, pues según lo dispone el artículo 8o. del Reglamento de la Ley Orgánica anteriormente invocada, el citado funcionario es el agente del Ministerio Público Federal encargado de supervisar, coordinar y regular directamente las funciones de las unidades concentradas de la Policía Judicial Federal, a las que corresponde el cumplimiento de la orden de aprehensión reclamada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ORDEN DE APREHENSION DICTADA POR JUEZ DE DISTRITO. AUTORIDADES EJECUTORAS DE LA. EL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA Y EL SUPERVISOR GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS CRIMINALISTICOS (I.2o.P. J/50)
- ORDEN DE APREHENSION DICTADA POR JUEZ DE DISTRITO, AUTORIDADES EJECUTORAS DE LA. EL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA Y EL SUPERVISOR GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS Y CRIMINALISTIC (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSIÓN DICTADA POR JUEZ DE DISTRITO. EL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD EJECUTORA.- (224)
- ORDEN DE APREHENSIÓN DICTADA POR JUEZ DE DISTRITO. EL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD EJECUTORA. (1a./J. 49/97)
- ORDEN DE APREHENSIÓN DICTADA POR JUEZ DE DISTRITO. EL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD EJECUTORA. (521)
- PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. ES AUTORIDAD RESPONSABLE EJECUTORA PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO. (I.1o.P.86 P)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis