Corpus
Modo: Corpus Pro

CUERPO DEL DELITO, MEDIOS PARA COMPROBARLO.

Clave: 850 · Registro digital (IUS): 390719 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 5a. Época; 1a. Sala; Ap. 1995; Tomo II, Parte HO; Pág. 546

La autoridad judicial goza, en principio, del más amplio criterio para estimar los elementos conducentes a la comprobación de un hecho delictuoso, aun cuando no sean de los que define y detalla la ley, si no están reprobados por la misma de tal manera que, aun cuando alguno de los medios que la ley señala para comprobar el cuerpo del delito, no se hayan usado o se hayan usado deficientemente, si con los demás que la ley proporciona, se llega a la comprobación del hecho criminoso, ello es bastante para que no se puedan tener por conculcadas las garantías individuales.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390719-5a2fda29/cuerpo-del-delito-medios-para-comprobarlo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Amparo directo 4098/30. Sosa y Silva Enrique. 13 de octubre de 1931. Mayoría de cuatro votos. Amparo en revisión 443/33. López Vete M. Natividad. 12 de junio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Amparo en revisión 2136/42. Pérez Ramírez José. 10 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Amparo en revisión 4443/42. Moreno Aurora. 30 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Amparo en revisión 8837/42. Guzmán Cornelio y coags. 4 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos.

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