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SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. DECLARATORIA DE NULIDAD PARA EL EFECTO DE QUE SE EMITA NUEVA RESOLUCION.

Clave: 956 · Registro digital (IUS): 391846 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 1995; Tomo III, Parte TCC; Pág. 743

De conformidad con el último párrafo del artículo 239, del Código Fiscal de la Federación, los tribunales administrativos, declararán la nulidad para el efecto de que se emita nueva resolución cuando se actualice alguno de los supuestos previstos en las fracciones II y III y en su caso V, del artículo 238, del Código en cita, de tal manera que, la Sala recurrida, al haber dictado en forma lisa y llana la nulidad de la resolución combatida, actuó indebidamente pues al haberse generado alguna de las hipótesis previstas en las fracciones comentadas, debió declarar la nulidad de dicha resolución para el efecto de que, previa la reposición del procedimiento administrativo de investigación, en el que se subsanen cabalmente los datos y circunstancias omitidas, emita la autoridad fiscalizadora la resolución que corresponda.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/391846-30ac34ea/sentencias-del-tribunal-fiscal-de-la-federacion-declaratoria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Epoca: Revisión fiscal 501/91. Subprocurador Fiscal Regional Norte Centro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 25 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Revisión fiscal 514/91. Subprocurador Fiscal Regional Norte Centro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 8 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Revisión fiscal 538/91. Subprocurador Fiscal Regional Norte Centro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 21 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Revisión fiscal 50/92. Subprocurador Fiscal Regional Norte Centro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 26 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Revisión fiscal 102/92. Subprocurador Fiscal Regional Norte Centro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 8 de abril de 1992. Unanimidad de votos. NOTA: Tesis VIII.2o.J/18, Gaceta número 75, pág. 65; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, tomo XIII-Marzo, pág. 252.

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