Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

RESPONSABILIDAD CIVIL, MONTO DE LA INDEMNIZACION CUANDO LA VICTIMA NO PERCIBE SALARIO.

Clave: 754 · Registro digital (IUS): 392881 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 5a. Época; 3a. Sala; Ap. 1995; Tomo IV, Parte HO; Pág. 550

De conformidad con el artículo 1915, fracción III, reformado, del Código Civil del Distrito Federal y con el 2110 del mismo código, cuando la víctima no percibe utilidad o salario o no pudiere determinarse éste, el pago de la indemnización correspondiente, por causa de responsabilidad civil, se fijará tomando como base el salario mínimo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392881-ac6a4650/responsabilidad-civil-monto-de-la-indemnizacion-cuando-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Amparo directo 676/46. Luévano Guadalupe. 6 de diciembre de 1946. Cinco votos. Amparo civil directo 721/48. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de noviembre de 1948. Cinco votos. Tomo XCIII, pág. 2449. Ferrocarriles Nac. de México. 10 de noviembre de 1948. Cinco votos. Tomo XCIII, pág. 2449. Ferrocarriles Nac. de México. 10 de noviembre de 1948. Cinco votos. Tomo XCIII, pág. 2449. Ferrocarriles Nac. de México. 10 de noviembre de 1948. Cinco votos. NOTA: La tesis es obsoleta porque en la actualidad, el artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal, ya no distingue si la víctima percibe o no salario, para estar en posibilidad de la indemnización proveniente de responsabilidad civil.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis