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Modo: Corpus Pro

AUDIENCIA, GARANTIA DE. AMPARO CONCEDIDO PARA EL EFECTO DE QUE SE RESPETE. NO PUEDEN ESTUDIARSE EN EL FALLO LAS DEMAS CUESTIONES DE FONDO.

Clave: 93 · Registro digital (IUS): 394049 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Ap. 1995; Tomo VI, Parte SCJN; Pág. 61

Cuando el amparo se concede para el efecto de que las autoridades respeten la garantía de audiencia que establece el artículo 14 de la Carta Magna, brindando oportunidad de defensa a los quejosos previamente a la emisión de los actos que afecten un derecho establecido en su beneficio, no es del caso estudiar las demás cuestiones de fondo que se propongan, porque precisamente esas cuestiones serán objeto de la audiencia que las autoridades deberán conceder a los quejosos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394049-be44f915/audiencia-garantia-de-amparo-concedido-para-el-efecto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Epoca: Amparo en revisión 6006/68. Rafael Pineda y coags. 9 de julio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Amparo en revisión 4517/70. Comisariado Ejidal del Poblado "San Salvador Huixcolotla", Mpio. de su nombre, Puebla. 26 de febrero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Amparo en revisión 1523/69. Comisariado Ejidal del Poblado "La Playa", Mpio. de Manuel Doblado, Guanajuato. 17 de octubre de 1969. Cinco votos. Amparo en revisión 1524/69. Delia Cantón de Luna. 17 de octubre de 1969. Cinco votos. Amparo en revisión 7107/68. Jacoba Guzmán Ramírez y otra. 1o. de agosto de 1969. Cinco votos. NOTA: Aparece también publicada en el Informe de 1971, Segunda Parte, Segunda Sala, pág. 22, con el rubro: "AUDIENCIA, GARANTIA DE. AMPARO CONCEDIDO PARA EL EFECTO DE QUE SE RESPETE. NO PROCEDE EXAMINAR LAS DEMAS CUESTIONES DE FONDO QUE SE PROPONGAN". Asimismo, en dicho Informe se publican tres precedentes distintos: Amparo en revisión 6040/70. Taurino Severiano Cadena y otros. 19 de abril de 1971. 5 votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Amparo en revisión 380/71. Comisariado Ejidal "Ricardo Flores Magón" y otros. 21 de junio de 1971. 5 votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Amparo en revisión 2286/71. Amador Picazarri Laredo. 29 de noviembre de 1971. 5 votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.

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