SUSPENSION, RECURSO CONTRA LA.
La ilegalidad de la suspensión y la de los requisitos con los cuales se concede, no son materia de queja, puesto que el auto relativo es revisable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/395146-06962594/suspension-recurso-contra-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Queja en amparo administrativo 42/27. Meraz José. 18 de abril de 1927. Unanimidad de ocho votos.
Queja en amparo administrativo 70/27. Sánchez Román. 13 de junio de 1927. Unanimidad de once votos.
Queja en amparo administrativo 60/29. Espeleta Rafael. 10 de junio de 1929. Cinco votos.
Queja en amparo administrativo 87/29. Tesorero General de Querétaro. 10 de junio de 1929. Mayoría de cuatro votos.
Queja en amparo civil 48/29. Enríquez Catalina. 9 de septiembre de 1929. Cinco votos.
NOTA:
En los Apéndices a los Tomos de Quinta Epoca del Semanario Judicial de la Federación y en los Apéndices de 1917-1954, 1917-1965 y 1917-1975 la tesis aparece publicada con el rubro: "SUSPENSION".
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