SUSPENSION.
La ilegalidad de la suspensión no es materia de queja, puesto que el auto relativo es revisable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810425-8394a234/suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo 42/27. Meraz José. 18 de abril de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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