RIÑA.
La riña, se integra con la reunión de dos elementos: uno objetivo o material, consistente en la contienda de obra, y el otro moral o subjetivo, que reside en el ánimo rijoso de los protagonistas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/802903-2de9b06f/rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Volumen I, página 87. Amparo directo 6290/56. Eusebio Gómez Mondragón. 6 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Volumen I, página 88. Amparo directo 5017/55. Isidro Alcaraz. 12 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
Volumen III, página 151. Amparo directo 3513/56. Clemente López Torres. 24 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Volumen VI, página 236. Amparo directo 2224/57. Leovigildo Hernández Montelongo. 6 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Volumen V, página 124. Amparo directo 2912/57. Ponciano Jáuregui Torres. 22 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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