TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN. EJECUCIÓN DE SUS SENTENCIAS.
Como las sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación en juicios de nulidad no son constitutivas de derechos sino únicamente declarativas, no pueden tener ejecución alguna, ya que se limitan a reconocer la validez de la resolución administrativa o declarar su nulidad. En tal virtud, cuando una Sala del Tribunal Fiscal pronuncia sentencia reconociendo la validez de la resolución ante ella impugnada, no se ejecuta dicha sentencia sino que se deja expedito el derecho de las autoridades fiscales para llevar al cabo su propia determinación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/815417-b22384f9/tribunal-fiscal-de-la-federacion-ejecucion-de-sus · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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