TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. SENTENCIAS PARA EFECTOS.
No es exacto que el Tribunal Fiscal carezca de facultades para pronunciar sentencias para efectos, pues el artículo 204 del Código Fiscal establece que: Cuando la sentencia declare la nulidad y salvo que se limite a mandar reponer el procedimiento, indicará las bases conforme a las cuales debe dictar su nueva resolución la autoridad fiscal. De esta disposición se desprende que sí tiene facultades el Tribunal Fiscal para dictar la nulidad de una resolución para el efecto de que se reponga el procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268258-600f8c81/tribunal-fiscal-de-la-federacion-sentencias-para-efectos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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