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Modo: Corpus Pro

ACTIVO DE LAS EMPRESAS, IMPUESTO AL. EL ARTÍCULO 9o. PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.-

Clave: 14 · Registro digital (IUS): 900014 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 8a. Época; Pleno; Ap. 2000; Tomo I, Const., Jurisprudencia SCJN; Pág. 23

El artículo 9o., primer párrafo, de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas, publicada en el Diario Oficial de la Federación de treinta y uno de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, que autoriza acreditar una cantidad equivalente a dicho tributo contra la cantidad a que el contribuyente está obligado en el impuesto sobre la renta, exclusivamente en lo que atañe a sus actividades empresariales, y no respecto de otras distintas a éstas, no infringe el principio de equidad que establece el artículo 31, fracción IV, de la Constitución, porque este acreditamiento constituye un beneficio otorgado por el legislador a los sujetos pasivos del impuesto, y consecuentemente, no puede estimarse inequitativo el impuesto por no ampliar el acreditamiento a otras actividades diferentes a las empresariales.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/900014-d85c19b2/activo-de-las-empresas-impuesto-al-el-articulo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Época: Amparo en revisión 2735/90.-Colchones y Muebles México del Centro, S.A. de C.V.-13 de marzo de 1991.-Se resolvió revocar la sentencia recurrida en la parte que se revisa y negar el amparo por mayoría de diecisiete votos en relación con los artículos 1o., 4o. y 8o. de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 2o.; por mayoría de catorce votos en relación con el artículo 5o.; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 6o.; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 7o.; y por mayoría de dieciséis votos en relación con el artículo 9o.-Ausente: Victoria Adato Green.-Ponente: Felipe López Contreras.-Secretaria: María del Pilar Núñez González. Amparo en revisión 3560/90.-Peñamayor, S.A.-13 de marzo de 1991.-Se resolvió revocar la sentencia recurrida en la parte que se revisa y negar el amparo por mayoría de diecisiete votos en relación con los artículos 1o., 2o., 4o. y 8o. de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas; por mayoría de catorce votos en relación con el artículo 5o.; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 6o.; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 7o.; y por mayoría de dieciséis votos en relación con el artículo 9o.-Ausente: Victoria Adato Green.-Ponente: Felipe López Contreras.-Secretario: José Manuel de Alba y de Alba. Amparo en revisión 3587/90.-Inmobiliaria Gerelo, S.A. de C.V.-13 de marzo de 1991.-Se resolvió revocar la sentencia recurrida en la parte que se revisa y negar el amparo por mayoría de diecisiete votos en relación con los artículos 1o., 4o. y 8o. de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 2o.; por mayoría de catorce votos en relación con el artículo 5o.; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 6o.; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 7o.; y por mayoría de dieciséis votos en relación con el artículo 9o.-Ausente: Victoria Adato Green.-Ponente: Felipe López Contreras.-Secretario: Víctor Jáuregui Quintero. Amparo en revisión 3927/90.-Besaya, S.A. de C.V.-13 de marzo de 1991.-Se resolvió revocar la sentencia recurrida en la parte que se revisa y negar el amparo por mayoría de diecisiete votos en relación con los artículos 1o., 4o. y 8o. de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 2o.; por mayoría de catorce votos en relación con el artículo 5o.; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 6o.; por mayoría de quince votos en relación con el artículo 7o.; y por mayoría de dieciséis votos en relación con el artículo 9o.-Ausente: Victoria Adato Green.-Ponente: Felipe López Contreras.-Secretario: Hugo Gómez Avila. Amparo en revisión 3238/90.-Unión Impulsora de Hoteles, S.A.-15 de mayo de 1991.-Se resolvió revocar la sentencia recurrida, y negar el amparo por mayoría de quince votos en relación con los artículos

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