DELITOS CULPOSOS Y LA INOBSERVANCIA A LOS REGLAMENTOS DE TRÁNSITO.-
Si bien es cierto que la sola violación a los reglamentos y disposiciones sobre tránsito de vehículos no es suficiente para comprobar que un acusado obró culposamente, su inobservancia es relevante cuando se causa daño a las personas o al patrimonio y se demuestre que fue por manejar con excesiva velocidad o por hallarse ebrio el sujeto del delito o por no atender a las disposiciones que en las carreteras nacionales establecen que el conductor debe tomar todas las precauciones necesarias al atravesar las vías y detenerse totalmente antes de continuar su marcha.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/904102-e9dfb460/delitos-culposos-y-la-inobservancia-a-los-reglamentos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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