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PEQUEÑA PROPIEDAD INAFECTABLE, RECONOCIMIENTO DE. VENTAS DE FRACCIONES. PRODUCEN EFECTOS AUNQUE SE EFECTÚEN DESPUÉS DE INICIADO EL PROCEDIMIENTO AGRARIO EN QUE SE SOLICITA SU AFECTACIÓN.-

Clave: 184 · Registro digital (IUS): 911117 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Ap. 2000; Tomo III, Administrativa, Jurisprudencia SCJN; Pág. 201

No es aplicable el artículo 64, fracción I, del Código Agrario (que corresponde al artículo 210, fracción I, párrafo primero, de la Ley Federal de Reforma Agraria), al caso en que se efectúan ventas de fracciones de un predio amparado con certificado de inafectabilidad agraria, o, por analogía, con el reconocimiento y declaratoria de pequeña propiedad inafectable hechos por el presidente de la República, ya que dicho precepto se refiere a la división o fraccionamiento de predios afectables; por lo que, encontrándose el terreno amparado con certificado de inafectabilidad vigente, o con reconocimiento de pequeña propiedad inafectable, las ventas realizadas de fraccionamientos producen efectos, incluso en materia agraria, aunque se hayan verificado con posterioridad a la fecha de la publicación de la solicitud de ejidos, ya que dichas ventas se realizan sobre predios inafectables, según declaratoria hecha por la suprema autoridad agraria, por una resolución que únicamente la misma puede dejar sin efectos; pero, mientras no exista la declaratoria de cancelación relacionada, no pueden considerarse afectables los predios de referencia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/911117-99dd2c89/pequena-propiedad-inafectable-reconocimiento-de-ventas-de-fracciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Época: Amparo en revisión 2788/68.-Leonel Guízar Álvarez y coags.-3 de octubre de 1969.-Cinco votos.-Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Amparo en revisión 7641/68.-Rafael Rico Santos.-27 de octubre de 1969.-Cinco votos.-Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Amparo en revisión 4538/72.-Leonila del Toro de Walter.-19 de julio de 1973.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Amparo en revisión 1929/75.-Benjamín López García.-28 de enero de 1976.-Cinco votos.-Ponente: Alberto Jiménez Castro. Amparo en revisión 1002/76.-Gracia Quintana Medina y otros (menores).-21 de julio de 1976.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Antonio Rocha Cordero. Apéndice 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, página 233, Segunda Sala, tesis 320.

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