DIRECTOR DE FISCALIZACIÓN. CARECE DE COMPETENCIA PARA SOLICITAR DOCUMENTACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES EN EL DESAHOGO DE UNA AUDITORÍA EN MATERIA DE IMPUESTOS COORDINADOS FEDERALES (LEGISLACIÓN DE PUEBLA).-
De acuerdo con el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, que es el ordenamiento que rige la actividad de todos los organismos de la administración pública de la entidad, los titulares (en el caso, el secretario de finanzas), ejercerán sus funciones y podrán delegar facultades sólo para resolver asuntos; por lo anterior, el director de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Estado es incompetente para solicitar de los contribuyentes documentación en el desahogo de una orden de visita domiciliaria en materia de impuestos federales coordinados, pues la cláusula cuarta del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, es categórica al señalar que las facultades que realicen las autoridades estatales y que originalmente correspondían a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, serán ejercidas por el gobernador de la entidad o por quienes conforme a las disposiciones locales tengan facultades para administrar contribuciones. Asimismo, es de advertir que ninguna disposición de la referida ley orgánica establece la posibilidad de que a través de reglamentos interiores de las diversas dependencias de la administración pública estatal se otorguen facultades a los órganos subalternos de los titulares a que alude dicha ley en tratándose de impuestos federales coordinados; además, que el artículo 14 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, publicado en el Periódico Oficial del Estado el veintinueve de diciembre de mil novecientos ochenta y siete, sólo confiere de manera expresa competencia al director de Fiscalización para requerir de los contribuyentes documentación relativa a impuestos estatales o locales.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/911419-abb56991/director-de-fiscalizacion-carece-de-competencia-para-solicitar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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