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SOCIEDAD CONYUGAL, NECESARIA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LOS BIENES INMUEBLES A NOMBRE DE LA, PARA QUE SURTA EFECTOS CONTRA TERCERO.-

Clave: 386 · Registro digital (IUS): 913328 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 6a. Época; 3a. Sala; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, Jurisprudencia SCJN; Pág. 325

Si el matrimonio se celebró bajo el régimen de sociedad conyugal y los bienes inmuebles se adquirieron durante su vigencia, en relación a los cónyuges, no hay duda de que tales bienes forman parte de la comunidad, pero ello no significa que tal situación sea oponible frente a terceros de buena fe, si los bienes aparecen inscritos en el Registro Público de la Propiedad a nombre de uno solo de los cónyuges, con quien contrató el tercero, y no de ambos, como debía ser, porque la inscripción en el Registro Público de la Propiedad es la única forma de garantizar los intereses de quienes contratan con los cónyuges casados bajo el régimen de sociedad conyugal, y evitar así que sean defraudados, por ocultaciones o modificaciones de capitulaciones matrimoniales que sólo conocen los cónyuges.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/913328-beb65dcd/sociedad-conyugal-necesaria-inscripcion-en-el-registro-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Sexta Época: Amparo civil directo 720/52.-Juárez Paniagua Asunción y coags.-3 de julio de 1952.-Unanimidad de cuatro votos.-Relator: Rafael Rojina Villegas. Amparo directo 3833/49.-Cano viuda de Islas Matilde.-9 de junio de 1953.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo civil directo 4520/53.-Salgado de Cevallos Bertha.-11 de febrero de 1954.-Mayoría de cuatro votos.-Disidente: Gabriel García Rojas.-Relator: Rafael Rojina Villegas. Amparo directo 5598/61.-Serrano de Adán María Guadalupe.-28 de enero de 1963.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 5600/61.-Jiménez Galván Leopoldo.-28 de enero de 1963.-Cinco votos.-Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Véanse: Apéndice 1917-1995, Tomo IV, Primera Parte, página 248, Tercera Sala, tesis 369. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, noviembre de 2001, página 24, tesis por contradicción 1a./J. 81/2001 de rubro "SOCIEDAD LEGAL. SUPUESTOS EN LOS QUE UNO DE LOS CÓNYUGES TIENE EL CARÁCTER DE TERCERO EXTRAÑO EN EL JUICIO HIPOTECARIO ENTABLADO EN CONTRA DEL OTRO CONSORTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO VIGENTE HASTA EL TRECE DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO)."

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