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PRUEBAS. LAS PARTES ESTÁN OBLIGADAS A VIGILAR E IMPULSAR EL DESAHOGO DE SUS PRUEBAS DENTRO DE LOS TÉRMINOS CORRESPONDIENTES.-

Clave: 621 · Registro digital (IUS): 913563 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, Jurisprudencia TCC; Pág. 580

Las partes están obligadas a vigilar el desahogo de sus pruebas y a impulsarlo, pues en términos del artículo 1078 del Código de Comercio, una vez concluidos los términos fijados a las partes, sin necesidad de acuse de rebeldía, el juicio seguirá su curso y se tendrá por perdido el derecho que debió ejercitarse, lo que implica lógicamente la obligación de las partes de vigilar e impulsar el desahogo de sus pruebas dentro de los términos correspondientes, a efecto de no perder el derecho que respecto de éstas tienen.

OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/913563-bf3a5e9d/pruebas-las-partes-estan-obligadas-a-vigilar-e · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Amparo directo 394/97.-Marisela Ramírez González.-16 de mayo de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo.-Secretaria: Edith Alarcón Meixueiro. Amparo directo 504/98.-Arrendadora Financiera Arka, S.A. de C.V.-29 de mayo de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo.-Secretaria: María Concepción Alonso Flores. Amparo directo 822/99.-Delta Sistemas, S.A. de C.V.-23 de agosto de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo.-Secretaria: María Concepción Alonso Flores. Amparo directo 458/99.-Francisco Rivera Ramírez y otra.-31 de agosto de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo.-Secretaria: María Concepción Alonso Flores. Amparo directo 27/2000.-La Nacionalista Block y Tabicón, S.A. de C.V.-8 de febrero de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo.-Secretario: Francisco Javier Rebolledo Peña. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XI, marzo de 2000, página 904, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.8o.C. J/11; véase la ejecutoria en la misma página de dicho tomo.

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