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ESTADO PATRONO, PUEDE PEDIR AMPARO CONTRA EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE.-

Clave: 204 · Registro digital (IUS): 915341 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 5a. Época; 4a. Sala; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, Jurisprudencia SCJN; Pág. 163

No existe ya razón para negar en forma absoluta, el derecho de ocurrir a la vía de amparo a los órganos del poder público, cuando ellos, en realidad, por actos del propio poder, que autolimitando su soberanía, creando derechos públicos subjetivos en beneficio de los particulares, con quienes tienen relaciones de carácter jurídico, se han colocado en el mismo plano que los propios particulares, para dirimir sus conflictos de intereses, litigando ante un organismo que en rigor es jurisdiccional, aunque con jurisdicción especial, como sucede tratándose del Tribunal de Arbitraje, de acuerdo con las disposiciones del Estatuto Jurídico para los Trabajadores al Servicio del Estado. En otros términos, cuando el Estado no hace uso libre de su soberanía, sino que, limitándola, sujeta la validez de sus actos a las decisiones de un organismo capacitado para juzgar de ellas, resulta equitativo, lógico y justo, que tenga expeditas las mismas vías que sus colitigantes, ante la jurisdicción creada en defensa de sus intereses, y así hay que concluir que puede usar de los recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, equivalentes para ambas partes.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/915341-29d05742/estado-patrono-puede-pedir-amparo-contra-el-tribunal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Época: Amparo directo 7706/41.-Jefe del Departamento del Distrito Federal.-3 de septiembre de 1942.-Mayoría de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 2484/42.-Jefe del Departamento del Distrito Federal.-3 de septiembre de 1942.-Mayoría de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 3036/41.-Jefe del Departamento del Distrito Federal.-9 de septiembre de 1942.-Mayoría de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 5959/40.-Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.-9 de septiembre de 1942.-Mayoría de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 6808/41.-Jefe del Departamento del Distrito Federal.-9 de septiembre de 1942.-Mayoría de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Apéndice 1917-1995, Tomo V, Primera Parte, página 125, Cuarta Sala, tesis 189.

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