AUDIENCIA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES EN MATERIA LABORAL. COMPARECENCIA PERSONAL DE LA PARTE DEMANDADA.-
De los artículos 752 y 754 de la Ley Federal del Trabajo, se desprende que el demandado debe concurrir personalmente a la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, lo que puede hacer por sí mismo o mediante apoderado. Si en el caso, el demandado no compareció a tal audiencia, ni por sí mismo ni mediante apoderado, sino sólo lo hizo por escrito, el cual por la ausencia de parte interesada no fue ratificado en dicho acto procesal, la Junta responsable debió tener por contestada la demanda en sentido afirmativo en los términos del último de los invocados preceptos, dado el carácter de naturaleza especial y eminentemente oral que rige en el procedimiento laboral.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/915866-326c0106/audiencia-de-demanda-y-excepciones-en-materia-laboral · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AUDIENCIA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES EN MATERIA LABORAL. COMPARECENCIA PERSONAL DE LA PARTE DEMANDADA. (623)
- AUDIENCIA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES EN MATERIA LABORAL. COMPARECENCIA PERSONAL DE LA PARTE DEMANDADA. (s/clave)
- AUDIENCIA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES EN MATERIA LABORAL. COMPARECENCIA PERSONAL DE LA PARTE DEMANDADA. (1372)
- AUDIENCIA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES. COMPARECENCIA PERSONAL DE LAS PARTES. (s/clave)
- AUDIENCIA DE CONCILIACION, DEMANDA Y EXCEPCIONES. OBLIGACION DE LAS PARTES DE COMPARECER PERSONALMENTE A LA ETAPA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES. (s/clave)
- AUDIENCIA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES. OBLIGACION DE COMPARECER PERSONALMENTE LAS PARTES A LA MISMA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis