AUTOTRANSPORTE, TRABAJADORES DEL. EL OFRECIMIENTO DEL TRABAJO SIN ESPECIFICAR LOS LÍMITES DE LA JORNADA, NO IMPLICA MALA FE.-
Aun cuando el patrón no precise los límites de la jornada con la que ofrece el trabajo a su contraparte, ello no implica mala fe de tal oferta, ya que por la naturaleza especial de la actividad de los trabajadores del autotransporte, no existe una determinación específica de la jornada de labores.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/915871-54b1b0fa/autotransporte-trabajadores-del-el-ofrecimiento-del-trabajo-sin · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Novena Época:
Amparo directo 10601/96.-Armando Antonio Olvera Lemus.-31 de octubre de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: Horacio Cardoso Ugarte.-Secretario: José Manuel Rodríguez Puerto.
Amparo directo 2341/97.-Abraham Pérez Lima y otros.-10 de abril de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez.-Secretaria: Alma Estela Flores Martínez.
Amparo directo 11361/97.-Cía. Fletera Nacional de Occidente, S.A. de C.V.-16 de octubre de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez.-Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.
Amparo directo 11041/99.-Raúl Rodríguez Méndez y otro.-27 de mayo de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: Horacio Cardoso Ugarte.-Secretario: Rigoberto Calleja López.
Amparo directo 19421/99.-José Dagoberto Rodríguez Monterrosas y otros.-14 de octubre de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: Horacio Cardoso Ugarte.-Secretario: Arturo César Morales Ramírez.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XI, febrero de 2000, página 904, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.1o.T. J/35;
véase la ejecutoria en la página 905 de dicho tomo.
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