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INFORME JUSTIFICADO. LA ABSTENCIÓN DE MULTAR POR NO HABERLO RENDIDO, NO IRROGA AGRAVIO AL QUEJOSO.-

Clave: 520 · Registro digital (IUS): 918054 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo VI, Común, Jurisprudencia TCC; Pág. 459

La omisión en rendir el informe justificado no se sanciona en términos genéricos con una corrección disciplinaria, las cuales no se contemplan en la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, sino particularmente tal conducta se sanciona con la imposición de una multa en términos de lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley de Amparo, consecuentemente, al recurrente no le irroga agravio alguno, que el Juez de Distrito haya incurrido o no en la omisión de multar a la autoridad.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/918054-d3d715c3/informe-justificado-la-abstencion-de-multar-por-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Época: Amparo en revisión 234/88.-Efraín González Arias.-27 de septiembre de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: Eric Roberto Santos Partido.-Secretario: Miguel Izaguirre Ojeda. Amparo en revisión 444/89.-Miguel Ángel Flores Muñoz.-17 de enero de 1990.-Unanimidad de votos.-Ponente: Eric Roberto Santos Partido.-Secretario: Roberto Javier Sánchez Rosas. Amparo en revisión 224/90.-José Salas Bravo.-10 de julio de 1990.-Unanimidad de votos.-Ponente: Eric Roberto Santos Partido.-Secretario: Manuel Acosta Tzintzún. Amparo en revisión 113/93.-Alejo Cuautle Cuamani.-1o. de abril de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: Eric Roberto Santos Partido.-Secretario: Manuel Acosta Tzintzún. Amparo en revisión 251/94.-Julia Barbosa de López.-29 de septiembre de 1994.-Unanimidad de votos.-Ponente: Eric Roberto Santos Partido.-Secretario: Manuel Acosta Tzintzún. Apéndice 1917-1995, Tomo VI, Segunda Parte, página 571, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis 838; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIV, diciembre de 1994, página 247.

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