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COMPETENCIA RELATIVA A SOCIEDADES NACIONALES DE CRÉDITO.-

Clave: 18 · Registro digital (IUS): 918420 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 8a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo VII, Conflictos Competenciales, Jurisprudencia; Pág. 26

De conformidad con la jurisprudencia sostenida por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 703 de la Segunda Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación de mil novecientos ochenta y ocho, bajo el rubro: "COMPETENCIA PENAL.", la competencia en esta materia queda determinada por el tiempo de ejecución del delito, por lo que si en el tiempo en que se cometió el delito en agravio de una institución bancaria, el Gobierno Federal era propietario de las acciones respectivas, la competencia para conocer del proceso penal radica en el fuero federal, en atención a que la Federación tiene el carácter de ofendida, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51, fracción I, inciso e), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; sin que obste que con posterioridad a la comisión de los hechos ilícitos, el Gobierno Federal haya enajenado las acciones de su propiedad ya que la competencia no puede variar por circunstancias posteriores ajenas del acto que constituye delito.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/918420-1d4334af/competencia-relativa-a-sociedades-nacionales-de-credito-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Época: Competencia 144/92.-Suscitada entre el Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos y el Juez Segundo de lo Penal del Primer Distrito Judicial en el Estado de Morelos.-7 de septiembre de 1992.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Santiago Rodríguez Roldán.-Ponente: Clementina Gil de Lester.-Secretario: Ricardo Ojeda Bohórquez. Competencia 23/93.-Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa y el Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Ahome con residencia en Los Mochis, Sinaloa.-19 de abril de 1993.-Cinco votos.-Ponente: Luis Fernández Doblado.-Secretario: Salvador Mondragón Reyes. Competencia 24/93.-Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa y el Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Ahome con residencia en Los Mochis, Sinaloa.-3 de mayo de 1993.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Luis Fernández Doblado.-Ponente: Clementina Gil de Lester.-Secretario: José Felipe Marcelo Iñiestra. Competencia 26/93.-Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa y el Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Ahome con residencia en Los Mochis, Sinaloa.-3 de mayo de 1993.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Luis Fernández Doblado.-Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor Gutiérrez.-Secretaria: Nubia Chapital Romo. Competencia 5/93.-Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa y el Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Ahome con residencia en Los Mochis, Sinaloa.-14 de junio de 1993.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Samuel Alba Leyva.-Secretaria: Martha Leonor Bautista de la Luz. Apéndice 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, página 48, Primera Sala, tesis 84; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIII, marzo de 1994, página 11.

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